• Fechas
    Del 7 mayo al 30 septiembre de 2020
Tiene por finalidad atender de forma transitoria y puntual las dificultades que las personas arrendatarias de vivienda habitual están padeciendo para efectuar el pago total o parcial de la renta de su contrato de alquiler como consecuencia del impacto económico y social que está generando el COVID-19 en la sociedad en general y en las familias en particular. De esta forma, a esta línea de ayudas sólo podrán acogerse quienes encajen en los supuestos de vulnerabilidad económica y social sobrevenida que aquí se definen y tan solo para sufragar un determinado número de mensualidades.
La cuantía de la ayuda podrá llegar hasta el 100% de la renta arrendaticia con el límite máximo de 500 euros al mes. El período máximo subvencionable será de cuatro mensualidades que habrán de estar comprendidas entre el mes de abril y el mes de septiembre de 2020, ambos incluidos.