ayudas dirigidas al fomento del emprendimiento de jóvenes inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil
BOE» núm. 55, de 5 de marzo de 2022
- FechasDel 6 marzo al 4 abril de 2022
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Los emprendedores y emprendedoras serán jóvenes, de uno y otro sexo, de más de dieciséis años y menores de treinta, que cumplan con los requisitos recogidos en la Ley 18/2014, de 15 de octubre, para beneficiarse de una acción derivada del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
No haber iniciado la actividad con anterioridad a la solicitud de la subvención
CONCEPTOS SUSCEPTIBLES DE AYUDA.
Gastos derivados de la puesta en marcha de un nuevo proyecto empresarial realizados durante los seis meses primeros de actividad, vinculados a la misma:
1. Gastos correspondientes al pago de cánones de entrada por franquicia.
2. Colaboraciones externas / asesorías.
3. Programas formativos.
4. Programas de aceleración empresarial.
5. Misiones comerciales, participación en ferias.
6. Diseño de la imagen corporativa.
7. Diseño y elaboración de páginas web o portales corporativos virtuales.
8. Posicionamiento web.
9. Diseño y elaboración de catálogos de productos y/o servicios.
10. Desarrollo de prototipos de I+D (puede incluir material y fungibles necesarios para la construcción y puesta a punto de prototipos).
11. Inversiones en patentes y modelos de utilidad. Tasa de solicitud de registro de marca o nombre comercial a nivel nacional en la OEPM. (Sólo primera marca y una clase). Deberá aportar impreso oficial de solicitud de registro de marca o nombre comercial.
12. Gastos de constitución de la sociedad.
13. Certificación de sistemas de gestión y productos: calidad, medioambiental, I+D+i, seguridad.
14. Adaptación e implantación de la normativa de protección de datos personales (LOPD) y adaptación del sitio web a la ley de servicios de la sociedad la información y comercio electrónico (LSSICE).