Subvenciones para el fomento del autoempleo 2011
Bocyl Nº 57, de 23 de marzo de 2011
- FechasDel 24 marzo al 31 diciembre de 2011
- Más información
Las subvenciones de la presente Resolución tienen por finalidad promover el autoempleo en el territorio de la Comunidad de Castilla y León, a través de los siguientes programas de subvención:
• Programa I: Subvención por el establecimiento por cuenta propia .
• Programa II: Subvención Financiera .
• Programa III: Subvención para asistencia técnica .
• Programa IV: Subvención para formación .
Serán subvencionables las acciones que se lleven a cabo por trabajadores por cuenta propia cuya fecha de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente se hubiera producido entre el 1 de enero de 2011 y el 31 de diciembre de 2011.
• Programa I: Subvención por el establecimiento por cuenta propia .
• Programa II: Subvención Financiera .
• Programa III: Subvención para asistencia técnica .
• Programa IV: Subvención para formación .
Serán subvencionables las acciones que se lleven a cabo por trabajadores por cuenta propia cuya fecha de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente se hubiera producido entre el 1 de enero de 2011 y el 31 de diciembre de 2011.