Convocatoria las subvenciones para el año 2020, para la incorporación de socios trabajadores o de trabajo y la financiación de proyectos de inversión en cooperativas y sociedades laborales
Bocyl 12 Junio 2020
- FechasDel 13 junio al 15 julio de 2020
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Programa I.– La cuantía de la subvención será de 5.500 euros por cada persona perteneciente a los colectivos de los párrafos a), b), c), d) y h), del punto 1.1 del apartado sexto de la orden de convocatoria que se incorpore a jornada completa, como socio trabajador o de trabajo en una cooperativa o sociedad laboral. Si la persona incorporada pertenece a cualquiera de estos cinco colectivos y es mujer, la cuantía de la subvención será de 7.000 euros.
Cuando la persona incorporada sea una mujer desempleada que se incorpora como socia trabajadora o de trabajo a jornada completa en los 24 meses siguientes a la fecha del parto, adopción o acogimiento la cuantía de la subvención será de 7.000 euros.
En el caso de personas con discapacidad, la cuantía de la ayuda será de 10.000 euros y en el caso de personas desempleadas en situación de exclusión social la cuantía será de 8.000 euros, siempre que en ambos casos la incorporación sea a jornada completa.
Programa II.– El importe de la subvención se determinará mediante la aplicación de criterios objetivos recogidos en la orden de convocatoria, sin que pueda rebasarse el 50 por ciento del coste de adquisición de activos, excluidos impuestos
Destinatarios
Se convocan ayudas para el año 2020, dirigidas a incentivar la creación y mantenimiento de empleo en cooperativas y sociedades laborales con ánimo de lucro, a través de la incorporación de socios y la financiación de proyectos de inversión.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las cooperativas y las sociedades laborales con domicilio social en Castilla y León y que tengan ánimo de lucro.
Programa I.– Incorporación de socios trabajadores o socios de trabajo a cooperativas y sociedades laborales. Podrá solicitar la subvención por las incorporaciones que hayan causado alta en el correspondiente régimen de la seguridad social entre el 1 de marzo de 2019 y el 29 de febrero de 2020.
Programa II.– Subvenciones para la financiación de proyectos de inversión en cooperativas y sociedades laborales. Las inversiones deberán realizarse desde el día de presentación de la solicitud hasta el 17 de agosto de 2020.