Todos los vehículos de motor, sus remolques y semirremolques, como condición indispensable para su matriculación ordinaria o turística, deberán corresponder a tipos previamente homologados en España. La matriculación ordinaria es única para cada vehículo.

Para poner en circulación vehículos de motor, así como remolques y semirremolques de masa máxima autorizada superior a 750 kilogramos, será preciso matricularlos yFoto vehículosImagen en alta resolución. Este enlace se abrirá mediante lightbox, puede haber un cambio de contextoFoto vehículos que lleven las placas de matrícula con los caracteres que se les asigne. Previamente a su matriculación, los vehículos deben estar dotados del correspondiente certificado oficial que acredite sus características técnicas esenciales y su aptitud para circular por las vías públicas.

Se prohíbe la puesta en servicio o venta para este fin de los componentes y unidades técnicas independientes que no cumplan con los requisitos de la legislación que les sea de aplicación, cuando vayan a ser montados en vehículos destinados a circular por las vías públicas.

El titular de un vehículo de motor, remolque o semirremolque en el que se haya efectuado una reforma de importancia deberá regularizarla ante el órgano de la Administración competente en materia de industria.

Las reformas podrán ser realizadas por el fabricante del vehículo o por talleres de reparación, incluso antes de su matriculación.

El conductor de un vehículo queda obligado a estar en posesión y llevar consigo, así como a exhibir ante los agentes de la autoridad que se lo soliciten, los siguientes documentos:

1. El permiso de circulación o licencia de circulación en el caso de ciclomotores.

2. La tarjeta de inspección técnica o el certificado de características técnicas en el supuesto de ciclomotores.


Más información sobre matriculación de vehículos, cambio de titularidad (compra/venta), cambio de domicilio, duplicados, bajas, altas y rehabilitación puede consultarse en www.dgt.esEste enlace se abrirá en una ventana nueva

A nivel local, todo vehículo matriculado en la ciudad de Ponferrada está sujeto al Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica el cual grava la titularidad de los vehículos de esta naturaleza, aptos para circular por las vías públicas, cualesquiera que sea su clase y categoría.

En la Oficina de Recaudación del Ayuntamiento de Ponferrada se realizan los trámites necesarios para:

  • Matricular tu vehículo por primera vez
    1. Ficha técnica del vehículo
    2. DNI del propietario (CIF en caso de empresa)
  • Impuesto Anual por domiciliación bancaria