Se prorrogan los efectos del Acuerdo 10/2020, del Presidente de la Junta de Castilla y León, por el que se dispone la limitación de la entrada y salida de personas del territorio de la Comunidad de Castilla y León
Bocyl nº 5, de 8 enero 2021
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Es objeto del presente acuerdo la prórroga de la limitación de la entrada y salida de personas del territorio de la Comunidad de Castilla y León en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.
Se exceptúa de la medida la entrada de vehículos y personas desde la Comunidad de Madrid al estacionamiento de vehículos en el Puerto de Navacerrada situado en la Carretera N-601 en el límite de esta Comunidad con la Comunidad de Castilla y León, en la Provincia de Segovia, y la salida de vehículos y personas desde este estacionamiento hacia la Comunidad de Madrid. Y todo ello en el marco de la regulación de tráfico que al efecto realizarán los agentes de la Guardia Civil competente.
Segundo.– Efectos.
1. El presente acuerdo producirá efectos desde las 00:00 horas del día 11 de enero de 2021 y mantendrá su eficacia mientras esté declarado el estado de alarma.