IBI. Solicitud de bonificación de viviendas de protección oficial
- TramitaciónPresencial
Solicitud de bonificación de viviendas de protección oficial.
Datos del trámite
Plazos
Órgano gestor
Documentación necesaria
Descripción
Tendrán derecho a una bonificación del 50% de la cuota integra del impuesto durante tres años contados a partir del siguiente al del otorgamiento de la calificación definitiva. Es de carácter rogado.
Documentación necesaria
- Fotocopia de DNI
- Fotocopia de la escritura de compraventa del inmueble afectado
- Fotocopia de la cedula de calificación definitiva de vivienda de protección oficial diligenciada por el Registro de la Propiedad
Efectos del silencio: Silencio negativo
Normativa aplicable al procedimiento
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Otros datos
Esta bonificación no es aplicable a bienes cuyo usosea distinto a vivienda.