Subvenciones destinadas a fomentar el desarrollo de actividades económicas por cuenta propia 2020
Bocyl nº 147, de 23 de Julio 2020
- FechasDel 24 julio al 30 septiembre de 2020
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El objeto de las presentes subvenciones es promover el desarrollo de actividades económicas por cuenta propia, en el territorio de la Comunidad de Castilla y León.
Si acredita el inicio de una actividad económica por cuenta propia, el importe de
la subvención será de:
4.000 €: Si el beneficiario de la subvención es menor de 35 años, persona de entre
35 y 44 años, ambos inclusive, que sea desempleada de larga duración, o si tiene
45 o más años de edad.
3.000 €: Si el beneficiario es una persona de entre 35 y 44 años de edad, no
desempleada de larga duración, que haya permanecido inscrita como desempleada
en el Servicio Público de Empleo durante 3 o más meses ininterrumpidos,
inmediatamente anteriores al día de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio
Profesional correspondiente.
Dichas cuantías podrán ser incrementadas si concurre alguna de las circunstancias
señaladas en las Bases Reguladoras de estas subvenciones.
2.– En el caso de que la acreditación se refiera a la contratación de servicios para
mejorar el desarrollo de la actividad económica, se subvencionará con el 75% del coste
real de los servicios prestados, IVA excluido, con un máximo de 3.000 €.
3.– La acreditación de cursos de formación se subvencionará con el 75% del coste
real de la formación recibida, IVA excluido, con un máximo de 2.000 €.
Destinatarios
Serán beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas, incluidas aquellas
que formen parte de una entidad sin personalidad jurídica, que se establezcan por cuenta
propia y se hayan dado de alta como autónomas en el Régimen Especial de Trabajadores
Autónomos (en adelante, RETA) o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente,
entre el 1 de septiembre de 2019 y el 15 de septiembre de 2020