IVTM. Exención para vehículos destinados al transporte de personas con discapacidad
- TramitaciónPresencial
Exención en el IVTM por discapacidad
Destinatarios y requisitos
Requisitos
Tienen derecho a una exención en el Impuesto aquellos vehículosmatriculados a nombre de minusválidos para su uso exclusivo siempre quese considere que existen graves dificultades de movilidad que impidanla utilización del transporte público colectivo, ver Ordenanza Fiscal Reguladora de los Impuestos de Vehículos de tracción Mecánica en la información relacionada inferior.
Datos del trámite
Plazos
Órgano gestor
Documentación necesaria
VEHÍCULOS DESTINADOS AL TRANSPORTE DE DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD
- Certificado oficial acreditativo del grado y clase de discapacidad expedido por la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Castilla y León, o el correspondiente organismo de la Comunidad Autónoma competente en cada caso
- Fotocopia compulsada del permiso de circulación del vehículo.
- Fotocopia del DNI del minusválido
- Declaración del uso exclusivo del vehículo para transporte del beneficiario de la exención.
- Fotocopia compulsada del permiso de conducción (anverso y reverso) de la persona que va a conducir el vehículo.
- Volante de empadronamiento de la unidad familiar.
Efectos del Silencio: Negativo
La exención se limita a un vehículo por persona con minusvalía
Normativa aplicable al procedimiento:
- REAL DECRETO LEGISLATIVO 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica