Subvenciones de la Junta de Castilla y León para el transporte escolar
- FechasDel 8 noviembre al 30 noviembre de 2012
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Destinatarios
a) Tener la residencia familiar y domicilio fiscal en la Comunidad de Castilla y León.
b) Cursar segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria o educación especial, en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, o por decisión de la Comisión de Escolarización en centros privados concertados de la Comunidad de Castilla y León.
c) Que no pudiendo hacer uso de los servicios de transporte escolar contratados por la Consejería de Educación, se vean obligados a realizar gastos de transporte para desplazarse a su centro escolar o a la parada más próxima de la ruta escolar, en los términos que se establece para cada modalidad.
Junto a los requisitos generales se deben cumplir unos requisitos específicos en función de la modalidad de transporte, transporte diario o de fin de semana y que se recogen en la propia Orden de convocatoria.
También podrán ser beneficiarios de la ayuda los alumnos con necesidades educativas especiales en los términos que recoge la Orden de convocatoria.
b) Cursar segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria o educación especial, en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, o por decisión de la Comisión de Escolarización en centros privados concertados de la Comunidad de Castilla y León.
c) Que no pudiendo hacer uso de los servicios de transporte escolar contratados por la Consejería de Educación, se vean obligados a realizar gastos de transporte para desplazarse a su centro escolar o a la parada más próxima de la ruta escolar, en los términos que se establece para cada modalidad.
Junto a los requisitos generales se deben cumplir unos requisitos específicos en función de la modalidad de transporte, transporte diario o de fin de semana y que se recogen en la propia Orden de convocatoria.
También podrán ser beneficiarios de la ayuda los alumnos con necesidades educativas especiales en los términos que recoge la Orden de convocatoria.