Declaración responsable para el desarrollo de actividades hosteleras por establecimientos de ocio durante el periodo de suspensión de actividad ocasionado por la covid-19
Destinatarios y requisitos
Destinatarios
La presente declaración afecta a actividades de ocio que debido a la prohibición de ejercicio de actividad como consecuencia de las medidas adoptadas por la COVID 19, pretendan ejercer una actividad hostelera renunciando a las actividades de baile, ambientación musical, actuaciones en directo, etc, que autorizaba su licencia inicial, unicamente durante el periodo en que se mantengan vigentes las restricciones derivadas de la pandemia y siempre que en el local no se requieran adaptaciones que impliquen una modificación sustancial del establecimiento y por tanto, una modificación de licencia.
En el supuesto que deseen compatibilizar la actividad de ocio autorizada en su licencia con la actividad hostelera, deberán solicitar declaración de compatibilidad según modelo normalizado y posteriormente la modificación de licencia.
- Si se trata de una modificación no sustancial sujeta a comunicación ambiental: Deberá presentar la comunicación ambiental de modificación de licencia. La resolución administrativa previa de compatibilidad se considera documentación mínima necesaria para tener por efectuada la comunicación ambiental.
- Si se trata de una modificación sustancial o sometida a licencia ambiental: Deberá presentar solicitud de modificación de licencia ambiental adjuntando documentación preceptiva.
Documentación necesaria
DOCUMENTACIÓN NECESARIA
- Acreditación de la identidad del solicitante y, en su caso, de la representación ( DNI o acta de constitución de la sociedad).
- Memoria Descriptiva que se pronuncie sobre los siguientes aspectos: * Actividad que pretende ejercer según epígrafes del Anexo de la Ley 7/2006, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas * Adaptación de espacios para ejercicio de actividad hostelera: Si el local contara con varios espacios de uso diferenciado, establecimiento del aforo para cada uno de ellos; en caso de desarrollarse en un única sala, igualmente deberá indicar la ocupación en función la actividad que pretende desarrollar y medios de control de acceso a menores. * Cumplimiento de normativa en materia de contaminación ambiental, concretamente las condiciones generales ambientales del Capítulo 7, Titulo 5 del PGOU. * Documentación que justifique el cumplimiento de la Ley 5/ 2009 , del Ruido de Castilla y León. |
- Planos actual y reformado.
- Informe Sanitario emitido por los Servicios de Salud Pública de la Junta de Castilla y León sobre cumplimiento de normativa aplicable en materia sanitaria y seguridad alimentaria para la actividad que pretende desarrollar.
Otros datos
NORMATIVA DE APLICACIÓN
- Ley 39/2015 PACAP
- Decreto Legislativo 1/ 2015, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León
- PGOU Vigente en Ponferrada.
- Ley 7/2006, de Espéctáculos Públicos y Actividades recreativas de Castilla y León modificada por Decreto Ley 8 / 2020.
- Instrucción de Secretaria General sobre modificación del Art 16 de la Ley 7/2006.
- Decreto de Alcaldía de fecha 16/11/2020 en el que reconoce a los establecimientos de ocio la realización de actividades hosteleras.