• Fechas
    Del 1 diciembre de 2023 al 30 abril de 2024
  • Más información
  • La cuantía máxima de la subvención se calculará en función de que el solicitante acredite la realización de todas o algunas de las siguientes acciones subvencionables:
  • Si acredita el inicio de una actividad económica por cuenta propia, el importe de la subvención será de 13.000 €.
  • Dicha cuantía podrá ser incrementada si concurre alguna de las circunstancias señaladas en las bases reguladoras con la pertenencia a determinados colectivos: con un importe de 1.000 € o 2.600 €.
  • En el caso de que la acreditación se refiera a la contratación de servicios externos para mejorar el desarrollo de la actividad económica se subvencionará con el 75% del coste real de los servicios prestados, IVA excluido, con un máximo de 2.000 €.
  • La acreditación de cursos de formación se subvencionará con el 75 % del coste real de la formación recibida, IVA excluido, con un máximo de 2.400 €.