Convocatoria pública de subvenciones en materia de Cooperación al Desarrollo de Ponferrada 2024
- FechasDel 31 mayo al 19 junio de 2024
El Ayuntamiento de Ponferrada hace suyas las recomendaciones de las Naciones Unidas entendiendo que el derecho al desarrollo es un derecho humano, inalienable, en virtud del cual todo ser humano y todos los pueblos están facultados para participar en un desarrollo económico, social, cultural y político en el que puedan realizarse plenamente todos los derechos humanos y libertades fundamentales, a contribuir a ese desarrollo y a disfrutar de él.
Igualmente, el Ayuntamiento de Ponferrada, asume los principios del Estado en materia de cooperación internacional para el desarrollo, que figuran en la Ley 1/2023,de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la solidaridad Global, en concreto en el Capítulo III, sección 2, artículo 37; sobre el papel de las entidades locales en al cooperación descentralizada.
A su vez, la Ley 9/2006 de 10 de Octubre, en este caso en el ámbito autonómico, reconoce en su capítulo V, artículo 22, que las entidades locales de esta comunidad son reconocidas como agentes de cooperación al desarrollo.
Al mismo tiempo, el Ayuntamiento de Ponferrada, haciendo uso de la autonomía que le reconoce el vigente texto constitucional, expresa su intención firme de contribuir al desarrollo de los países y poblaciones menos favorecidas, colaborando con las ONGDs y demás entidades que dirigen su actuación hacia la ayuda a los países en vías de desarrollo.
En consecuencia, y de acuerdo con lo establecido en la Ordenanza General de Subvenciones en el Ayuntamiento de Ponferrada (O.G.S.), aprobada en sesión plenaria de fecha 29 de octubre de 2004, y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (L.G.S.), se aprueba la convocatoria de subvenciones en régimen de libre concurrencia.
Cuantía total máxima asciende a 90.000,00 €.
Plazo: Las asociaciones solicitantes deberán presentar la solicitud y documentación preceptiva en el plazo de 20 días naturales desde el día siguiente a la publicación de estas Bases en el Boletín Oficial de la Provincia.
BOP: 30 de mayo de 2024, nº 104
Bases completas en los ficheros disponibles en la parte inferior.
Destinatarios
Serán destinatarias de esta subvención, las Entidades, Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo, Fundaciones, asociaciones y las personas físicas o jurídicas